Secretaría del Despacho de la Gobernación de Ultramar

Original Objeto digital not accessible

Zona de identificação

tipo de entidade

Pessoa coletiva

Forma autorizada do nome

Secretaría del Despacho de la Gobernación de Ultramar

Forma(s) paralela(s) de nome

  • SDGU (Perú. Resolución Jefatural 180-2019-AGN/SG, Directiva Nº 10-2019-AGN/DDPA: Punto 7.4.4. Asignación de Signatura (Etapa Complementaria))

Forma normalizada do nome de acordo com outras regras

Outra(s) forma(s) de nome

  • Ministerio de Ultramar
  • Ministerio del Despacho de la Gobernación de Ultramar
  • Secretaría del Despacho de la Gobernación del Reino para Ultramar

identificadores para entidades coletivas

PE AGN 06.2-SDGU

área de descrição

Datas de existência

1812-1814

Histórico

La Constitución de Cádiz, en su artículo 222, estableció siete Secretarías del Despacho, entre las que figuraba la Secretaría de la Gobernación de Ultramar. Fue extinguida por R.D. de 28 de junio de 1814, restableciéndose "el Ministerio Universal de Indias en la forma que estuvo en el año 1787". Sus competencias fueron fijadas en el decreto CXLV de las Cortes, de 6 de abril de 1812: "tendrá a su cargo, por lo que toca a las provincias de América y Asia, todos los negocios correspondientes a los diversos ramos que se asignan al Ministerio de la Gobernación para la Península, excepto lo relativo a correo y postas; y tendrá, además, lo respectivo a la economía, orden y progresos de las misiones para la conversión de los indias infieles, e igualmente, establecer y fomentar por todos los medios posibles el comercio con los mismos indios". Las relaciones de las Secretarías del despacho con la Regencia, quedan fijadas en los sucesivos reglamentos de esta última, estableciéndose en concreto, que cada Secretario del Despacho tuviera un libro donde constase lo que se despachase, haciéndose constar el dictamen de la Secretaría, y la resolución de la Regencia, rubricada por los regentes. Estos libros, donde se resume la actuación de la Secretaría del despacho, y que hoy constituyen una serie fundamental, los debía presentar el Secretario del despacho en las Cortes, junto con una exposición de lo concerniente a la Secretaría Estuvieron al frente de esta Secretaría del Despacho: Tomás González Calderón, Manuel de la Bodega Mollinedo y Miguel Lardizábal Uribe.

Locais

Madrid

Estado Legal

Organismo gubernamental de los dominios de ultramar de la Corona Española.

funções, ocupações e atividades

Administrar los negocios de los diversos ramos que se asignan al Ministerio de la Gobernación para la Península en las provincias de Asia y América, excepto los ramos de correos y postas.

Mandatos/Fontes de autoridade

Decreto CXLV de las Cortes de Cádiz del 6 de abril de 1812.
Real Decreto de 28 de junio de 1814.

Estruturas internas/genealogia

Contexto geral

Guerras Napoleónicas (1803-1815).
Guerra de la Independencia Española (1808-1814).
Guerras de independencia hispanoamericanas (1808-1829).
Cortes de Cádiz (1810-1814).
Reinado de Fernando VII (1814-1833).

Área de relacionamento

Área de pontos de acesso

Pontos de acesso - Assuntos

Pontos de acesso - Locais

Ocupações

Zona do controlo

Identificador de autoridade arquivística de documentos

PE AGN 06.2-SDGU

Identificador da instituição

PE AGN

Estatuto

Nível de detalhe

Datas de criação, revisão ou eliminação

Línguas e escritas

Script(s)

Notas de manutenção

Responsable de la creación del registro de autoridad: Daniel Fermin Rodriguez Vereau

  • Área de transferência

  • Exportar

  • EAC

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