Unidad de instalación 0 - Protocolo ambulante de los conquistadores

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Código de referência

PE AGN 06.2-G2-N-1-PAC1-0

Título

Protocolo ambulante de los conquistadores

Data(s)

  • 1533 - 1538 (Produção)

Nível de descrição

Unidad de instalación

Dimensão e suporte

1 documento; papel

Zona do contexto

Nome do produtor

(1533-1899)

História administrativa

La Escribanía era una institución que prestaba servicios a toda la población por intermedio de los escribanos que eran los encargados de la elaboración de los contratos y toda clase de documentos que suscribían los particulares. Estas escrituras encuadernadas conjuntamente en el transcurso de un año se conocen con el nombre de Protocolo Notarial.
Desde la época colonial hasta mediados del siglo XIX, el escribano era el funcionario que con título legítimo redactaba y autorizaba con su firma las escrituras públicas de los contratos (acuerdos entre partes), autos y diligencias de los procesos judiciales. A partir del siglo XIX, se separan las funciones que ejercía el antiguo escribano. Una clase de escribanos se encargó de la actuación en los procesos judiciales y la otra en la redacción y autorización de escrituras
públicas. Los primeros fueron llamados “secretarios de juzgados” y los otros “escribanos público o notarios”; secretarios, porque su oficio estaba obligado
a guardar el secreto de todos los asuntos que los contratantes trataban ante él y notarios, porque antes de hacer cualquier escritura debían elaborar las notas
o minutas, eran éstas un borrador de los acuerdos a los que llegaban las partes ante su presencia.
Los escribanos se dividen en dos grupos: Los escribanos reales, públicos y del número; encargados de redactar y dar fe de los contratos y escrituras públicas y los escribanos de las diversas instituciones coloniales como por ejemplo: De la Cancillería Real, Cámara de las Audiencias, Sala del Crimen de la Real
Audiencia, Juzgados de Provincias, Gobernación de las cabezas de Partidos, Cabildos y Ayuntamientos de las ciudades y villas, de entradas de las cárceles, de las Visitas Ordinarias, de las Santas Hermandades, del Mar del Sur, de Minas y Registros, etc. Los primeros podían desempeñarse paralelamente en
ambos organismos o instituciones.
Los escribanos reales o de su majestad eran los que podían ejercer oficios públicos en todo el reino, con excepción del lugar donde hubiera escribanos numerarios. Los escribanos Públicos llamados también del número o numerarios eran los que podían ejercer únicamente en la ciudad, pueblo distrito a que estaban asignados. Se llamaban numerarios por ser un número determinado el asignado a cada lugar; llegaban a ésta condición los escribanos reales por compra por renunciación, arrendamiento, remate y orden del Cabildo.
Durante el virreinato, el oficio de escribano era un oficio vendible y renunciable, para su ejercicio se requería además de la confirmación del Consejo de Indias, ser cristiano viejo, hijo legítimo mayor de 25 años, tener experiencia en asuntos legales y públicos al haber asistido como amanuense u oficial menor en los juzgados y escribanías por lo menos tres años; debía acreditar su limpieza de sangre, estaban excluidos los hijos o nietos de los condenados por
herejía, no se admitía a mestizos ni mulatos.

História do arquivo

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Zona do conteúdo e estrutura

Âmbito e conteúdo

Protocolo ambulante de los conquistadores redactado por Alonso de Luque, Antonio de Oliva, Bernardino de Valderrama (mayordomo de Pizarro y escribano público), Domingo de la Presa, Jerónimo de Aliaga, Hernán Pinto y Juan de Espinoza, correspondiente a los años de 1533-1538.

Avaliação, selecção e eliminação

Ingressos adicionais

Sistema de arranjo

Zona de condições de acesso e utilização

Condições de acesso

Condiçoes de reprodução

Idioma do material

  • espanhol

Script do material

Notas ao idioma e script

Características físicas e requisitos técnicos

Estado de conservación: Bueno

Instrumentos de descrição

Zona de documentação associada

Existência e localização de originais

Existência e localização de cópias

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Identificador(es) alternativo(s)

Pontos de acesso

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Pontos de acesso - Locais

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Identificador da descrição

Identificador da instituição

Regras ou convenções utilizadas

Estatuto

Nível de detalhe

Datas de criação, revisão, eliminação

Línguas e escritas

  • espanhol

Script(s)

Fontes

Nota do arquivista

Responsable de la descripción: Daniel Fermin Rodriguez Vereau

Nota do arquivista

Fecha de la descripción: 09/05/2023

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