Fotocopia del acta de juramento a la Constitución Política del Perú, realizado por Francisco Taramona, oficial mayor del Ministerio de Hacienda.
Jorge Ortiz Sotelo[Lima]
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Fotografía donde se aprecia a Augusta Palma Román, hermana de Angélica Palma, participar en una ceremonia en homenaje a Ricardo Palma. Se encuentran también otras personas alrededor del busto del escritor.
Angélica PalmaFragmento de expediente sobre la fundación de la cofradía de Nuestra Señora del Rosario de pardos, en el Convento de Santo Domingo y su traslado del Convento de San Francisco en el año de 1575; siendo sus fundadores y primeros mayordomos Juan Mosanga, Juan Primero de Quirós y Antón de Villafaña.
Real Audiencia de LimaBorrador de certificación relativa a los gastos realizados por los ministros del Real Tribunal de Minería.
Tribunal de MineríaBorrador de gastos de la goleta Campolican desde 15 de julio hasta el [12 de agosto] de 1831, a cargo de su capitán Jorge Trench.
Ministerio de Hacienda y ComercioJosé de Salazar, alarife de la ciudad de Lima, solicita la tasación de su obra debido a que Juan de Castro, mayordomo del Hospital de San Lázaro, no le pagó lo acordado. Ante el Cabildo de Lima.
Jorge Ortiz SoteloImpreso anónimo sobre los proyectos de [Andrés de Santa Cruz, presidente de la Confederación Perú-Boliviana], respecto a libertad de cultos y reformas en la Iglesia Católica para el clero regular y secular.
Jorge Ortiz SoteloBorrador de oficio del [Tribunal del Consulado] informando sobre la solicitud Nixon y Macall en relación a la liquidación del monto del valor de sus mercancías.
Ministerio de Hacienda y ComercioBorrador de informe a manera de preámbulo sobre el estado de la ciudad de Guadalajara al ingreso de su presidente, noticia traída en la fragata de la Compañía de Filipinas. [Incompleto]
Publio Enrico Poli ValdiviaInforme o vista del expediente del Tribunal sobre el nombramiento de ensayador y balanzario de las Cajas Reales de Huamanga, hecho por el Gobernador Intendente y al que se oponían los Ministros Principales de Real Hacienda, por no haberlo vendido en remate como lo determina la Real Cédula de 19 de mayo de 1790, por constituir un empleo renunciable de la Corona. (Copia)
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