Martín de Zugasti y Foronda, cura y vicario de la doctrina de Lampa, solicita certificación de su residencia en esta doctrina, para solicitar a los ministros de Real Hacienda de Puno, el pago de su sínodo. Contiene carta de pago. Incluye escritura de poder. Ante Narciso Basagoitia, gobernador subdelegado de Lampa.
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Expediente seguido por Mateo del Carpio, maestro de postas y mayordomo de la estancia de Tincopalca, propiedad del teniente coronel Antonio Rivero, solicitando se le reciba información de testigos para acreditar que las tropas del rey en su camino a Arequipa tomaron los ganados de Antonio Rivero. Ante José María de la Cueva, juez de primera instancia de Lampa.
UntitledOficio de Melchor de Goyzueta sobre su propuesta para la quinta y sétima compañías del Regimiento de Milicias Provinciales Urbanas de Caballería de Lampa, a Mariano Oviedo, Francisco Noriega, Andrés Polvorinos, ayudante mayor, y al teniente Antonio Talavera quien intervino en las expediciones de Arequipa por la rebelión de Tupac Amaru.
UntitledCorrespondencia de Juan Pérez, pagador del Ejército y oficial segundo de las Cajas Generales del Perú, remite la cuenta de los pagos realizados a los extraordinarios que marcharon a los puntos indicados. Ante Eulogio de Santa Cruz, ayudante de campo y secretario del virrey. Incluye documentos contables.
UntitledOficios de Matías Salazar , vocal de minería de la junta subalterno de minería de Lampa a Mariano de Rivero, director general de minas y Nicolás Fernández de Piérola sub director, sobre que las minas que se hallan despobladas en los minerales de la República pertenecen al Estado; visita de minas y trapiches, y otros.
UntitledTestimonio de condena de Francisco Vargas, sentenciado a 15 años de penitenciaría por el homicidio de Juan Vargas. Pronunciada por Facundo Molina, juez de primera instancia de Lampa. Expedido por Isaac Portugal, escribano de Estado. [Cumplió condena el 11/09/1901].
UntitledTestimonio de condena de Juan Quispe Arcco, sentenciado a 12 años de penitenciaría por el homicidio de Bartola Cabana. Pronunciada por la [Corte Superior de Justicia de Puno]. Expedido por Manuel Anselmo González, escribano de Estado. [Cumplió condena el 04/12/1902].
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