Oficio de José Gabriel Pérez, secretario general del Libertador, al ministro de Hacienda informando que el Libertador ha mandado cumplir el decreto del Consejo de Gobierno del 23 de abril de 1825 sobre uso del papel sellado en los departamentos del Cusco, Puno y Arequipa, y que ha suprimido solo el artículo 9 de este decreto, el cual ordenaba a los generales, jefes y oficiales que usen el sello tercero para sus pasaportes.
Oficio de Andrés Piquero a Francisco Miangolarra, tesorero general de la plaza del Callao, comunicando que el teniente José Antonio Bustamante irá a esta plaza a traer las resmas de papel sellado que se necesitan.
Testimonio de condena de Julián Díaz, sentenciado a 10 años de penitenciaría por el homicidio de Alfonso Quispe. Pronunciada por Hipólito Sánchez, juez de primera instancia de Arequipa. Expedido por Carlos Ramón de la Fuente, escribano privativo del crimen. [Cumplió condena el 09/08/1880].
Testimonio de condena de Hermenegildo Ramos, sentenciado a 13 años de penitenciaría por el homicidio de Domingo Mamani. Pronunciada por Manuel José Gutiérrez Cossío, juez de primera instancia de Arequipa. Expedido por Carlos Ramón de la Fuente, escribano privativo del crimen. Incluye filiación. [Fue indultado el 25/10/1889].
Testimonio de condena de Evaristo Vilca, sentenciado a 9 años de penitenciaría por el homicidio de Juan Centeno en el pueblo de Sachaca. Pronunciada por Manuel M. Cornejo, juez de primera instancia de Arequipa. Expedido por Carlos Ramón de la Fuente, escribano privativo del crimen. Incluye filiación. [Falleció el 06/12/1882].
Testimonio de condena de Tomás Oporto, Domingo Huaco, Eleuterio Balderrama y otros, sentenciados los dos primeros a 9 años de penitenciaría y los otros a 7 años por los delitos de asalto y robo a José Manuel Macedo y Jesús Vera, viuda de Rodríguez. Pronunciada por la Corte Suprema de Justicia. Contiene filiaciones e incluye oficio. Expedido por Juan G. Vela, escribano del crimen. [Oporto y Huaco cumplieron condena el 02/06/1912].
Testimonio de condena de Manuel Arredondo y León, sentenciado a 11 años de penitenciaría por el homicidio de Hermenegildo Vigil. Pronunciada por la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Expedido por Agustín Chávez, escribano de Estado. Incluye filiación.
Testimonio de condena de Rumualdo Arce, sentenciado a 4 años de penitenciaría por los delitos de violación de la esposa e hija de Pío Salas, y lesiones causadas a este y a Marcos Valdivia. Pronunciada por Juan Nepomuceno Pastor, juez de primera instancia de Arequipa. Expedido por Carlos R. de la Fuente, escribano.
Testimonio de condena de Melchor Díaz, sentenciado a 11 años de penitenciaría por el homicidio de Ildefonso Bustamante. Pronunciada por Manuel Alcázar, juez de primera instancia de Arequipa. Expedido por Carlos Ramón de la Fuente, escribano privativo del crimen. Incluye copia certificada de filiación del reo.
Testimonio de condena de Lucas Mamani, vecino de Cabana, sentenciado a 15 años de penitenciaría por los homicidios de Lorenzo Mamani y Esteban Mamani, su hijo. Pronunciada por Francisco Corzo, juez de primera instancia de Arequipa. Expedido por Mariano Salinas de Rivera, secretario del crimen. [Cumplió condena el 12/04/1882].