Testimonio de condena de José María Romero, sentenciado a 12 años de penitenciaría en la causa abierta seguida contra Marcelino Salas, Camilo Cáceres y Juan de Mata Hallasi por el homicidio de Saturnino Argüero. Pronunciada por la Corte Suprema de Justicia. Expedido por Ignacio [García], secretario.
Oficio de José María Romero, comisario general del Ejército, a Pablo Romero, comisario de Guerra y Marina, adjuntando el estado de las existencias halladas en los hospitales cuando los recibió el teniente coronel José Bravo, contralor de ellos.
Oficio de José María Romero, comisario general del Ejército, a Pablo Romero, comisario de Guerra y Marina, sobre las contratas particulares celebradas de palabra en relación a las medicinas necesarias que se ofrecen en los hospitales militares.
Oficio de José María Romero, comisario general del Ejército, a Pablo Romero, comisario de Guerra y Marina, adjuntando la copia legal del manual de buenas cuentas suministrados al Ejército del Perú y sus comisarios pagadores, sacado de los originales que quedan en la dependencia a su cargo.
Oficio de José María Romero, comisario general del Ejército, a Pablo Romero, comisario de Guerra y Marina, remitiendo las listas de revista que constan en la adjunta relación para las dudas que puedan ocurrir y demás fines de ordenanza.
Copia de la razón de las prendas de vestuario que se necesitan para la Compañía de Policía, elaborada por José María Romero, comisario general del Ejército.
Estado de las prendas de vestuario que ha recibido el regimiento Callao en el presente año, elaborado por José María Romero, comisario general del Ejército.
Oficio de José María Romero, comisario general del Ejército, a Pablo Romero, comisario de Guerra y Marina, solicitando que se paguen los sueldos adeudados al capitán Gregorio Solar, comandante de instrucción de las milicias de Chancay.
Oficio de José María Romero, comisario general del Ejército, a Pablo Romero, comisario de Guerra y Marina, comunicando la orden que dispone que se obligue a Juan Bautista Terra, oficial pagador, a que absuelva los cargos que se le hagan por el tiempo de su administración, y se le suspenda del su ejercicio mientras no cancele sus cuentas.