- PE AGN 06.2-G3-CO-MI-19-1234
- Unidad documental simple
- 1806-02-22
Parte deARCHIVO HISTÓRICO
Oficio que la Real Junta y Tribunal de Diezmos del obispado de Huamanga, dirigió a Gabriel de Avilés y del Fierro, virrey del Perú, fundamentando que no es aplicable la real cédula del 23/05/1801 sobre la excepción del pago de diezmos por parte de los indios. (Copia)
Miscelánea